{image}http://lh6.googleusercontent.com/-y5CUIHezmlM/U8_Fwops3jI/AAAAAAAAIXY/idhBCEyCnKk/s600/mintrabajo_2014.jpg{/image}De manera atenta damos respuesta a su comunicación radicada con el número del asunto, mediante la cual consulta sobre el fuero circunstancial de los empleados públicos, en los siguientes términos:

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